Sábado, 20 de abril de 2024
Suscríbase
Sábado, 20 de abril de 2024
Suscríbase
colombia

La justicia y el nuevo Gobierno

La ciudadanía espera una reforma de fondo del aparato judicial donde exista, entre otras, verdaderas sentencias que sean puntuales, directas, convincentes y entendibles.

Por: CENTRO DE ESTUDIOS CONSTITUCIONALES MANUEL GAONA CRUZ

Lo que resultó evidente de este tormentoso proceso electoral es el contundente clamor ciudadano para que se introduzcan verdaderas reformas a la justicia que traduzcan las propuestas que surgen de parte de los usuarios del servicio público esencial de administración de justicia.

Esencialmente se reclama de la administración de justicia y de los jueces que sus decisiones hagan honor a la demanda específica y concreta de justicia y que resulten verdaderas sentencias, puntuales, directas, entendibles, respetables y convincentes. La ciudadanía reclama más y mejores sentencias y repudia el exceso del discurso en las providencias magistrales que solo sirven para justificar una erudición impostada al querer del superior que nomina y que puede excluir.

Lo que se reclama de los jueces hoy es que se abandonen las viejas formas de servilismo ideológico y de clientelismo estamental y aristocrático y que se ocupen con prontitud a resolver sobre el derecho que se reclama y no sobre las disquisiciones inentendibles de los letrados.

Son muchas las causas y las manifestantes anómalas de la administración de justicia lo mismo que de su gobierno; aquí presentamos varias ideas elementales que deberían estudiarse con el rigor y la seriedad que reclama el descrédito actual que cobija a la organización de la justicia en Colombia para proyectar sus reformas radicales.

“La gestión de los despachos de las altas cortes debe ser evaluada por el Consejo Superior de la Judicatura como la de todos los jueces”

En este orden de cosas, en primer término se debe restablecer el valor y el vigor de las acciones de tutela y populares eliminando excusas de creación jurisprudencial y legal como los términos de caducidad procesal y los demás requisitos de creación postconstitucional como la oprobiosa inmediatez y los supuestos de relevancia constitucional que ahora se exigen por las cortes.

De igual modo se debe respetar con seriedad los controles de convencionalidad y se debe volver a los supuestos democráticos y abiertos de la justicia constitucional y de los controles de constitucionalidad.

Las decisiones judiciales deben superar el formalismo y el procesalismo tradicional colombiano para asegurar un régimen en el que se imparta y se procure justicia y que esta sea real y efectiva que reconozca los elementos reales de la reclamación, respete la verdad y los contenidos humanitarios de las reclamaciones.

Se debe restablecer el reconocimiento de los incentivos económicos y los costos probatorios en las acciones populares. Se debe eliminar todo fomento de servilismo y de clientelismo judicial como la calificación del factor calidad de las sentencias por los superiores funcionales de los jueces.

La gestión de los despachos de las altas cortes debe ser evaluada por el Consejo Superior de la Judicatura como la de todos los jueces. Los procesos disciplinarios que se adelanten por la Comisión de Disciplina Judicial sobre magistrados, jueces y fiscales deben ser absolutamente públicos y se debe penalizar de manera grave la temeridad en esa materia.

Se debe establecer de modo riguroso la transparencia y la publicidad del funcionamiento y organización de los despachos o bufetes de abogados en un registro público oficial. Este registro se debe reflejar en las sentencias en las que se deben mencionar todos los abogados que intervienen o intervinieron en la causa. Lo mismo debe ocurrir con los jueces y magistrados que intervienen en el proceso.

Existen unas inaplazables reformas de rango constitucional como la de fortalecer las competencias y la organización del Consejo Superior de la Judicatura como la de integrar de modo efectivo a la llamada Comisión de Disciplina Judicial y dotarla de plenas funciones disciplinarias y de juicio penal sobre los magistrados de las altas cortes.

Lo mismo se debería predicar de su evaluación en materia de rendimiento y productividad. Esto supone que todos los magistrados deben rendir un informe sobre la demora y el retraso en la resolución de los procesos cuando estos se demoren más de tres años como ocurre en EE.UU. Además, debe resolverse de una vez el tema de la autonomía presupuestal de toda la Rama Judicial pero especialmente la responsabilidad de la Sala Administrativa a la que se debe poner a su disposición desde el primero de enero de cada año, todo el presupuesto de inversión para lo que corresponda sin dilaciones de planes de caja de Minhacienda.

De igual manera se deben eliminar las llamadas comisiones interinstitucionales de administración que entrega la administración de la justicia a las altas cortes y a la Fiscalía y tecnificar de modo radical las decisiones sobre el mapa judicial y de movimientos gerenciales en la administración de recursos de la Rama.

Desde luego se deberá incrementar de modo notable la planta de jueces y fiscales y su apoyo con personal y con recursos humanos, inmobiliarios y tecnológicos. Su remuneración, estímulos y reconocimientos sociales deben ser de los más altos estándares aplicables a los servidores públicos en todo el territorio nacional.

Entre los recursos económicos y humanos, se encuentran las plantas de personal de la Procuraduría, la Contraloría General y las contralorías territoriales entre muchos otros aparatos inútiles y costosos como los que se encuentran en los llamados juzgados de ejecución de penas que deben ser reemplazados por paneles especializados de psicólogos, abogados y sociólogos.

En esa misma ruta se debería fortalecer el concepto y los equipos de la defensoría de derechos humanos para acompañar a los menores, los indígenas, las comunidades raizales, las mujeres madres, los grupos marginados y perseguidos por varias causas entre ellas las de género.

El régimen de asignación de sitios y condiciones de reclusión no puede estar en manos de ninguna dependencia presidencial o de gobierno como ocurre hoy. Debe pertenecer al mismo panel administrativo independiente que se ocupe de la ejecución de penas.

Cabe distinguir entre digitalización de los elementos documentales y las comunicaciones con la plena vigencia del expediente digital y la llamada justicia virtual para evitar la mala práctica y la manipulación de testigos, declaraciones y su contradicción.

A pesar del desarrollo virtual de las actuaciones judiciales, jueces, magistrados, fiscales y empleados deben trabajar en su sede y en su despacho en el que deben atender personalmente al público y a las partes y es preferible que la lectura de los fallos se haga de modo presencial y en estrados.

Revista Alternativa Lula Da Silva

Lula y Petro se reúnen hoy ante un panorama regional incendiado


Inseguridad

"Hay un predio para la segunda fase de la Cárcel Distrital" Estrategia para la inseguridad en Bogotá


Reforma a la Salud

¿Podrá Petro trabajar con las EPS y poner fin a la crisis?