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“Me hubiera gustado la despenalización total del aborto”: magistrado Alberto Rojas Ríos

Alberto Rojas Ríos, finalizó su periodo como magistrado de la […]

Alberto Rojas Ríos, finalizó su periodo como magistrado de la Corte Constitucional la tarde del pasado viernes 25 de febrero. Pero no solo puso punto final a ocho años en el máximo Tribunal, sino también a su carrera como abogado que ejerció durante 30 años y 23 como profesor de las facultades de derecho más importantes del país.

Ninguna revocatoria puede quitarle efectos «a la decisión de la Corte Constitucional. Pierden el tiempo. Así no está prevista nuestra democracia”.

Tres días antes de dejar el cargo de Magistrado, depositó el quinto voto con el cual la Corte Constitucional anunció que “declaraba exequible la tipificación del delito de aborto consentido, en el sentido de que no se configura el delito cuando la conducta se practique antes de la semana 24 de gestación”.

La sentencia de la Corte, que permite que una mujer pueda interrumpir su embarazo hasta la semana 24, tuvo las dos caras de la moneda. Una, que generó un fuerte rechazo por parte de las organizaciones pro vida; y la otra, una celebración eufórica por el movimiento feminista que calificó la decisión como “histórica”.

De esta manera, Colombia se convierte en uno de los pocos países en el mundo con un amplio plazo para el aborto legal. En Europa, Francia acaba de modificar las semanas, pasando de 12 a 14; España también contempla 14 semanas; Alemania 12 semanas; Italia 90 días. La legislación británica es una de las más abiertas y permite la interrupción del embarazo hasta la semana 24. No existe límite para malformaciones del feto o cuando se prevé un alto riesgo de salud para la madre.

El hoy exmagistrado Alberto Rojas Ríos, uno de los dos ponentes de la Sentencia C-055-22, concedió una extensa entrevista al equipo de redacción de la Revista Alternativa, donde contó detalles sobre cómo se cocinó la trascendental decisión y dejó en claro que ni el gobierno ni el Congreso, ni un referendo, podrán cambiar la sentencia del Alto Tribunal.

Revista Alternativa: ¿Por qué 24 semanas?

Magistrado Alberto Rojas: Mirando país por país encontramos que había una especie de estándar general que era de 24 semanas. Inclusive pensé en proponer 16 semanas. Ese fue mi pensamiento inicial. Pero cuando me puse a ver los estándares internacionales me di cuenta que incluso eran más de 24 semanas. Y también empecé a revisar los fundamentos científicos, que plantean de manera general, que el feto de 24 meses no tiene autonomía para vivir. Extrauterinamente no alcanza a vivir. Se dice que ha habido casos extraordinarios de supervivencia, pero el derecho no está hecho para casos extraordinarios.

¿Usted quiere decir que para determinar las 24 semanas había un fundamento científico?

Sí, había un fundamento científico, que está debidamente acreditado en el expediente. La Corte cuando va a tomar una decisión de esta naturaleza, la toma con mucha verificación. Alguien pude decir que esto no es suficiente. Entonces, la pregunta es ¿y qué se debe hacer? Yo respondo que hay situaciones más complejas.

El exmagistrado Alberto Rojas con Pedro Medellín, director de Revista Alternativa.

¿Usted se refiere a situaciones complejas como cuando una mujer ha sido violada o los casos donde se determina el aborto eugenésico ?

Por ejemplo, el aborto con fines terapéuticos, que define si muere la madre o muere la criatura. Este aborto no pone límite. Es en cualquier momento. Puede ser en el momento del nacimiento. El otro aborto que es eugenésico, que es de la criatura inviable, que su vida no va a tener un mínimo desempeño de condiciones elementales para vivir. Y el otro aborto es también complicado. Tampoco tiene límites. Y es de la Sentencia 36355 del 2006. Una mujer violada, que no sabe que pasó en su vida y luego de esos hechos no reacciona a tiempo, hay también posibilidades de hacerlo sin límite de tiempo. ¿A dónde me voy como regla final?, a la autonomía y autodeterminación de la mujer. No se porqué pensamos que el hombre tiene la racionalidad precisa para resolver sobre su vida, su autonomía y sus libertades sin límite ninguno. Pero cuando se habla de la mujer entonces ahí si no. En ella sí notamos unos límites de racionalidad. Un ejemplo sencillo, que ya son historia, hasta 1928 la mujer no administraba sus bienes. El marido le administraba sus bienes, su herencia, sus propiedades. Todo. Y ahora, estamos discutiendo todavía si ella tiene o no capacidad para discernir y decidir cuándo o no aborta. Y el tema no es el aborto, sino el de la maternidad deseada. Cómo obligamos a una mujer a una maternidad no deseada.

Pero en esta discusión también hay un tema de fondo que es el aspecto religioso.

Claro, aquí entran elementos religiosos que yo respeto profundamente. Lo mínimo que hizo esta Constitución fue permitirle a la gente una libertad en términos de fe religiosa y ahí hay un factor que incide sobre esto. Uno de los Magistrados en la Sala Plena decía en pleno debate: “es que esto es un tema de derecho y nos estamos metiendo en los temas de Dios”. Yo no me siento metiéndome en los temas de Dios. El debate podrá darse muy largo. Pero el tema es sencillo. Yo no me sentí aquí debatiendo el tema del aborto. Yo no siento que estemos obligando a la mujer a abortar. No siento que una mujer pueda decir que cuando aborta lo hizo porque la sentencia C055 de la Corte Constitucional del 2022, dijo que sí a la semana 24. No. Yo sentí un aura distinta, la de las libertades individuales, sentí que estaba luchando por eliminar la discriminación de la mujer. Y el control social sobre el aborto debe ser una política de Estado, en que se proteja a la mujer, que vaya a la base del problema, que eduque a los hombres.

En derecho, ¿qué significan las 24 semanas?

Que cuando el aborto se da hasta la semana 24 no hay consecuencias penales, de ninguna naturaleza. Es decir, la sentencia, si me dejaran ponerle un nombre, se llama despenalización del aborto. Después de la semana 24, se incurre en un delito. Quiero precisar esto: en la ponencia que inicialmente llevé a debate de la Sala Plena, había una despenalización absoluta y deja en manos del Estado y de la mujer la racionalización de esto. Congreso de la República ocúpese, gobierno ocúpese. Sin embargo, en los debates en la Sala Plena surge justamente todo aquello que en un momento el país está pensando. Entonces, se decantó la idea de que debía tener un límite.

“El control social sobre el aborto debe ser una política de Estado, en que se proteja a la mujer, que vaya a la base del problema, que eduque a los hombres”

Hasta las 12 semanas los médicos pueden decir, yo practico ese aborto dentro de ese marco de despenalización. Pero a partir de esas semanas no, porque consideran que las funciones fisiológicas ya están completas y corresponden ya a las de un ser sintiente. Entonces, ¿ por qué la Corte fue más allá y hoy estamos en 24 semanas?

Lo que hace en este caso la Corte es deferir el tema al campo científico. Ahora, otro tema importante acá es que no se le ha eliminado la objeción de conciencia a los médicos. Si en un momento dado un médico dice “yo no lo hago, acabo de ver al niño defendiéndose”. Es un tema complicado. Lo que creo que debe haber es un acto de persuasión frente a quien va a abortar.

Decirle a la mujer tendrás protección, tendrás al Estado, dime qué necesitas. Y habrá una solución. Si científicamente ese feto no tiene autonomía vital se procederá diferente. Ahora, si uno mira hacia la iglesia, ella advierte que la vida existe desde el momento de la concepción. Para el derecho no. El derecho tiene unas reglas especiales que se han manejado a través de tutela y hay un concepto diferente. Todo esto queda muy como en el campo individual. ¿Y por qué las 24 semanas? Porque el fundamento fue científico.

El equipo de redacción de Revista Alternativa con el ponente de la sentencia de despenalización del aborto en Colombia.

Usted dice que la decisión de las 24 semanas esta tomada con base en fundamento científico. ¿En la discusión que tuvieron en las diferentes salas de la Corte, hablaron con comunidades científicas colombianas?

Déjeme explico cómo se desarrollo el proceso de constitucionalidad. Se admite una demanda, y a partir de ahí se producen dos actuaciones. Una la de la Procuraduría que le dicen usted tiene 30 días para que emita un concepto sobre este tema. Y de otro lado, la intervención de los ciudadanos que tienen diez días para ello. Pero además cada Magistrado hace una especie de convocatoria de organizaciones científicas para que participen. ¿Por qué razón? Porque ningún Magistrado tiene el conocimiento de médico. Aquí hubo experticia científica sobre el tema de la fundabilidad de la decisión sobre la semana 24. Esto no puede ser un capricho, de ninguna manera.

Qué va a pasar con las mujeres que están judicializadas y algunas de ellas condenadas por prácticas de aborto. Con la despenalización anunciada por la Corte, ¿qué viene para todas ellas?

Hay un principio universal, que se llama principio de favorabilidad. Por mí, saldrían ya de la cárcel las mujeres que están privadas de la libertad.

¿Y esta favorabilidad por la despenalización del aborto, puede beneficiar a los guerrilleros de las Farc que obligaron a muchas jóvenes a abortar?

Ellos siguen siendo delincuentes. La despenalización no quiere decir un acto de purificación de los bandidos. Si yo en este momento obligo a una mujer a abortar implica sobre mi conducta una sanción penal. Con esta sentencia o sin esta sentencia. Me aplican todo el peso de la ley. Esta despenalización del aborto no libera la conducta reprochable de los hombres.

“Lo que creo que debe haber es un acto de persuasión frente a quien va a abortar. Decirle a la mujer que tendrás protección, tendrás al Estado, dime qué necesitas. Y habrá una solución”

Todavía no se conoce detalles del expediente y la sustentación de motivaciones de la Corte para la despenalización del aborto. ¿Qué tan universal y amplia es esta decisión?

La sentencia es mínima. Es un pasito, como cuando llegó el hombre a la Luna. ¿Qué me hubiera gustado? despenalización total. Porque se hubiera dejado una sentencia en el corazón y en el alma de las mujeres. Entonces, esta sentencia, que la están matando en redes, es apenas un pasito para las plenas libertades de las mujeres.

Varios países latinoamericanos y europeos han ajustado entre 12 y 14 semanas la despenalización del aborto. ¿Desde el punto de vista procesal, es posible ajustar las semanas de las 24 a las 12 o 14?

En la Corte ninguna. Porque en la Corte ya hay cosa juzgada. Cuando la Corte toma una decisión, la toma sobre mínimos. Y las decisiones que tome el Congreso de la República, no podrían ser regresivas.

¿Las 24 semanas también está relacionado con los obstáculos y trabas que encuentran las mujeres a la hora de solicitar a las entidades de salud un proceso para un aborto?

Eso es verdad. Cuando empezaron las barreras contra las mujeres para poder acceder a las tres causales autorizadas -aborto eugenésico, terapéutico y violación- les cerraron las puertas. A raíz de eso vinieron una serie de tutelas, entonces la Corte estimó que era importante ver en esto un derecho fundamental a la interrupción voluntaria del embarazo. Pero esas barreras a las que ustedes se refieren, no dejan que la mujer pueda ejercer sus derechos libremente. La racionalidad, no me da para pensar que una mujer tenga un bebé un mes, dos meses, cinco meses y a los seis meses diga: “me antojé de abortar”. Eso no funciona así. Quiero ser claro en esto: yo veo el aborto como un verdadero drama. Una mujer que aborta queda en manos de la psiquiatría. El impacto es arrasador.

¿Si una mujer mañana, con 22 semanas de embarazo, llega a una EPS para someterse a un aborto, ya no se va a enfrentar a todas estas barreras que usted ha referido y va a contar con ese apoyo del sistema de salud colombiano?

En este punto quisiera un respeto profundo por las decisiones de las mujeres. Segundo, plena conciencia por el respeto de la mujer por parte de los médicos y las instituciones de salud. Tercero, que es más visible, respeto por las leyes y las decisiones de los jueces de la República. Debemos atenderlas. Lamento mucho ver altísimos funcionarios del Estado oponiéndose o por lo menos incurriendo casi en un desacato de la decisión del más alto tribunal Constitucional de un país. Eso no es normal en una democracia. Quiero ser claro: la sentencia tiene efectos a partir del momento de su expedición. La sentencia se cumple.

Exmagistrado Rojas explica los alcances de la sentencia.

En plena campaña electoral, algunos jefes políticos abogan por un referendo contra la decisión de la Corte de despenalizar el aborto hasta la semana 24. ¿jurídicamente es viable esta propuesta?

Ninguna revocatoria puede quitarle efectos a la decisión de la Corte Constitucional. Pierden el tiempo. Así no está prevista nuestra democracia.

¿Y el Congreso de la República puede buscar una modificación legislativa a las 24 semanas?

Quiero decir esto más como ciudadano común y corriente: Ni siquiera, sin ser un acto de despotismo, el Congreso puede entrar a establecer una merma en las garantías que ha entregado la Corte Constitucional. La despenalización del aborto no es una veleidad de la Corte, esto se hace bajo el fundamento de principios, valores, libertades establecidas en la Constitución. Claro que el mundo se puede cambiar, pero en este caso, habría que cambiar la Constitución Política.

Con su respuesta da la impresión que la Corte entonces es omnímoda y que nadie la controla

Magistrado Alberto Rojas: La Corte Constitucional tiene un deber de auto restricción. Pensemos que las personas que llegan allí son serias, responsables, formadas, que tienen plena conciencia de la responsabilidad que tienen en sus manos. Sus competencias no son para ejercerlas de una manera anárquica o sin límites. Hay una auto restricción de la Corte. Su conformación es muy balanceada, tres magistrados llegan de la Corte Suprema de Justicia, tres magistrados llegan del Consejo de Estado y tres magistrados llegan de la Presidencia de la República.

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