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Senado prohíbe los castigos físicos en contra de los menores de edad

La plenaria del Senado aprobó en su último debate el […]

Senado prohíbe los castigos físicos en contra de los menores de edad
Family. Little boy with his parents on the background

La plenaria del Senado aprobó en su último debate el proyecto de ley que prohíbe el castigo físico a los niños, niñas, jóvenes y adolescentes, así como de cualquier trato cruel en su contra.

La iniciativa contó con el apoyo de congresistas de diferentes sectores políticos, excepto el partido de Colombia Justa y Libre, bancada que consideró que el país ya había legislado al respecto.

Según el articulado, “la prohibición se extiende a cualquier otra persona encargada de su cuidado, en cada uno de los diferentes entornos en los que transcurre la niñez y la adolescencia”. No obstante, aunque es una prohibición, no se entra a castigar esta práctica, pues solo se incluye su rechazo en el código civil.

De esta forma, se reformaría el artículo 262 del código civil para que quede de la siguiente manera: “Las familias, los padres, las personas encargadas del cuidado personal de los niños, niñas y adolescentes o quienes tengan su representación legal, tendrán la facultad de vigilar su conducta, corregirlos y sancionarlos. Queda prohibido el uso del castigo físico, los tratos crueles, humillantes o degradantes y cualquier tipo de violencia como método de corrección, sanción o disciplina”.

El proyecto no contempla ningún tipo de sanción o acción penal en contra de los que incurran en castigos físicos. Es más, la iniciativa deja claro que el castigo físico y los tratos crueles o humillantes “no serán causal de pérdida de la patria potestad o de la custodia, ni causal para procesos de emancipación”. Sin embargo, esta figura solo se aplica si dichos actos no son reiterativos y “no afecta la salud mental y física” del menor de edad.