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JAIME ARRUBLA Jaime Arrubla guerrilla

Editorial: la amnistia, la gran tregua

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No creo que (lo planteado por el expresidente Uribe) se trate de una propuesta de impunidad, ni que tenga que analizarse desde lo jurídico; se trata más bien de buscar una solución política a un tema sensible, que causa un gran desequilibrio en la sociedad y que tarde que temprano iba a aflorar”.

En el diálogo del Presidente de la Comisión de la Verdad, Francisco de Roux, con el expresidente Álvaro Uribe, este último reiteró sus críticas al Acuerdo de Paz firmado por el Gobierno Santos con las FARC, resaltando el hecho de que no pagan un solo día de cárcel por sus graves delitos y que los líderes se encuentren en el Congreso, ocupando curules por cuenta del arreglo. Y agregó el exmandatario: «Colombia va a necesitar una amnistía. Anoche veía en un programa con la niña Epa (Colombia), y volvían a comparar con el ladrón de bicicletas, una cosa y la otra. A mí me parece grave lo que esa niña hizo, y no la conozco, y no la quiero conocer, de darle con un martillo a Transmilenio, pero también decían por qué estos violadores de niños ni un día de cárcel y esta niña condenada. Este país de pronto va a necesitar una amnistía general, casi que un borrón y cuenta nueva«.

La propuesta, inmediatamente generó un debate nacional que nos invita a su análisis desde lo jurídico, pero sobre todo desde lo político. Los delitos de lesa humanidad son imprescriptibles y no pueden ser objeto de amnistías ni de indultos; la primera, una cesación de la acción penal y lo segundo, un perdón de la pena. Además, de nuestra tradición constitucional, lo señalan los compromisos internacionales adquiridos por tratados firmados por Colombia, como la Carta Interamericana y el Tratado de Roma.

De conformidad con el artículo 150 de la Constitución Nacional, corresponde al Congreso, por mayoría especial de dos tercios de los votos de los miembros de ambas cámaras y por graves motivos de conveniencia pública, conceder amnistías o indultos generales por delitos políticos. Ya desde que se aprobó la Constitución del 1991, el artículo 30 transitorio autorizó al Gobierno para conceder indultos o amnistías, por delitos políticos y coexos, cometidos con anterioridad a la promulgación de la Constitución, a miembros de grupos guerrilleros que se reincorporen a la vida civil en los términos de la política de reconciliación.

Cuando se firmó el Acuerdo de Paz de La Habana, en el componente de justicia se estableció una justicia transicional, con penas cortas y que podrían sustituirse por trabajos agrícolas; se advirtió en ese entonces que ello establecía un desequilibrio con las penas previstas para otros delitos, de menor calibre, porque nadie entendería cómo un ex guerrillero responsable de asesinatos extorsiones, secuestro, narcotráfico, reclutamiento de menores, etc., saldría con ocho años de prisión, conmutables con trabajo en granjas agrícolas, y los miembros del ejército, no subvertidos, tendrían que pagar, por delitos también graves, penas mucho más altas. Igualmente se presentaba una asincronía con otros condenados por otros delitos de menor gravedad que quedaban pagando penas mayores.

Pero la antinomia se presenta también en lo político; en la medida en que los guerrilleros obtienen curules en el Congreso sin pagar penas y estando pendientes sus procesos en la JEP, y los exmilitares investigados y condenados reciben un tratamiento diferente, que les impide ser elegidos.

Se creaba una desarmonía en el tratamiento de los extremos del conflicto que tarde que temprano explotaría. Es lo que ahora está sucediendo; la propuesta que afloró en el referido diálogo entre el Presidente de la Comisión de la Verdad y el expresidente ha ocasionado toda una serie de diatribas desde diferentes ángulos, incluyendo a la JEP, que salida de cauce, entró a la polémica señalando que la propuesta equivalía a terminar el proceso de paz. No creo que se trate de una propuesta de impunidad, ni que tenga que analizarse desde lo jurídico; se trata más bien de buscar una solución política a un tema sensible, que causa un gran desequilibrio en la sociedad y que tarde que temprano iba a aflorar.

No va a aceptar la sociedad colombiana, incluso la amiga de la paz, que los exguerrilleros se la pasen en el Congreso esperando un proceso que apenas comienza en la JEP, que terminará con penas simbólicas, mientras que quienes los combatían tengan que salir a soportar la posibilidad de altas penas o se vean compelidos a tener que aceptar una verdad de conveniencia, con lo cual no están de acuerdo, para poder tener las mismas prebendas de los exguerrilleros.

La propuesta del expresidente no hace otra cosa que poner en el tapete de la discusión política nacional un tema aplazado. En cambio, otras salidas sí son en falso, como la del Fiscal General a quien se le escuchó, en un foro académico organizado por la Corporación Excelencia en la Justicia, decir lo siguiente: «Nosotros no podemos echar para atrás, no puede haber gente que quiera lavarse la cara con amnistías totales, eso no va a pasar mientras yo sea fiscal, no voy a permitir que eso avance«. Nos preguntamos: ¿Acaso las discusiones políticas, así se plasmen luego en leyes o incluso en reformas a la Constitución, están en las competencias del Fiscal General, a quien solo le corresponderá hacerlas cumplir? No se trata en este caso de un problema de política criminal, sino de una discusión política que quedó truncada. Mejor haría el Fiscal en ocuparse de lo suyo y no de las discusiones políticas de la nación.

De las reflexiones en la conversación referida en la reunión con la Comisión de la Verdad, se siguió una propuesta condensada en un proyecto de reforma a la Constitución, donde se observan varias iniciativas tendientes a romper la asimetría del tratamiento, entre los exguerrilleros de las FARC y otras personas, entre ellos, miembros y exmiembros de la fuerza pública, en aras de lograr un equilibrio. La proposición le baja el calibre a la primera propuesta de una “amnistía general”, para concretarla en una serie de “prebendas y alivios”, políticos y punitivos, con el fin de permitir el acceso a la representación popular, así como también a los del bando contrario que se encuentran sub iudice, y ciertas rebajas en penas que de todas maneras tendrían que ser adoptadas dentro de una reforma a la Constitución, en su mayoría. En realidad, hay un gran cambio entre la idea inicial y la de ahora, pero bien vale la pena la discusión política sobre el tema.

JAIME ARRUBLA PAUCAR

Director

Revista Alternativa