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Condena al Estado colombiano por exterminio de la Unión Patriótica

Este lunes la Corte Interamericana de Derechos Humanos notificó al Estado colombiano del fallo por el exterminio del partido de izquierda

Foto: Juan Manuel Barrero, agencia EFE

(EFE). Según la CorteIDH, el «plan de exterminio» se hizo a través de diversas violaciones a los derechos humanos de unos 6.000 integrantes y militantes durante más de dos décadas a partir de mediados de los años ochenta.

«La Corte pudo comprobar que la violencia sistemática contra los integrantes y los militantes de la Unión Patriótica, la cual perduró por más de dos décadas y se extendió en la casi totalidad del territorio colombiano, se manifestó a través de actos de distinta naturaleza como desapariciones forzadas, masacres, ejecuciones extrajudiciales y asesinatos, amenazas, atentados, actos diversos de estigmatización, judicializaciones indebidas, torturas, desplazamientos forzados, entre otros»

La UP se constituyó como organización política el 28 de mayo de 1985 como resultado de un proceso de Paz entre el Secretariado Nacional de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Gobierno colombiano, detalló la CorteIDH.

Desde su sede en Costa Rica, la CorteIDH, notificó la sentencia a las partes e indicó que valoró positivamente un reconocimiento parcial de responsabilidad hecho por el Estado, como una herramienta para el desarrollo del proceso, a la vigencia de los principios que inspiran la Convención y a la satisfacción de las necesidades de reparación de las víctimas.

El tribunal interamericano estableció que el Estado es responsable por la violación a los derechos a la personalidad jurídica, a la vida, a la integridad personal, a la libertad personal, a la libertad de circulación y residencia, a los derechos del niño y a la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas, por las ejecuciones, desapariciones, torturas, detenciones arbitrarias, amenazas, hostigamientos y desplazamiento.

En el fallo, la CorteIDH ordenó al Estado «iniciar, impulsar, reabrir y continuar, en un plazo no mayor de dos años, y concluir, en un plazo razonable y con la mayor diligencia, las investigaciones, con el fin de establecer la verdad de los hechos relativos a graves violaciones a los derechos humanos y determinar las responsabilidades penales que pudieran existir».

El Estado colombiano también deberá efectuar una búsqueda para determinar el paradero de las víctimas desaparecidas y realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional.

Otro punto de la resolución ordena establecer un día nacional en conmemoración de las víctimas de la Unión Patriótica y efectuar actividades para su difusión, entre ellas en escuelas y colegios públicos, así como construir un monumento en memoria de las víctimas, y elaborar un documental audiovisual sobre la violencia y estigmatización contra la UP.

El Estado colombiano también deberá rendir un informe a la CorteIDH en el cual acuerde con autoridades de la Unión Patriótica cuáles son los aspectos por mejorar o fortalecer en los mecanismos de protección existentes y cómo se implementarán, con el fin de garantizar la seguridad y protección de dirigentes, miembros y militantes de la agrupación.

Los jueces también ordenaron una serie de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales en favor de las víctimas y sus familias.