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JEP concede libertad a Salvador Arana por aportes a verdad

La Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) concedió la libertad «transitoria, condicionada y anticipada» al exgobernador de Sucre y exembajador de Colombia en Chile, por sus aportes al esclarecimiento de crímenes cometidos por paramilitares y vínculos de políticos y militares con grupos ilegales.

Foto: tomada de redes sociales

La Corte Suprema de Justicia condenó en 2009 a Arana a 40 años de cárcel por sus nexos con los paramilitares y en 2020 pidió ser admitido en la JEP.

Arana cumple su condena en la cárcel de la población de La Dorada (Caldas) por los delitos de desaparición forzada agravada y homicidio agravado del exalcalde de El Roble (Sucre), León Díaz Salgado, y concierto para promover grupos armados al margen de la ley en concurso heterogéneo.

Igualmente, por el delito de peculado por apropiación cometido a favor de Edwar Cobos Téllez, alias «Diego Vecino», quien fue jefe del Bloque Montes de María de las paramilitares Autodefensas Unidas de Colombia (AUC).

«Al concederse la libertad, la misma se otorgará de manera condicionada y no implica que la definición de la situación jurídica sea definitiva, por el contrario, el compareciente deberá seguir cumpliendo con los estándares de verdad, reparación y no repetición», dice la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas (SDSJ) de la JEP en un fallo de 90 páginas.

La JEP valoró que Arana, quien fue nombrado embajador de Colombia en Chile en el gobierno de Álvaro Uribe (2002-2010), dio información sobre el asesinato de la fiscal Yolanda Paternina, quien investigaba la mascare de Chengue (Sucre), ocurrida en 2001.

En esa ocasión el Bloque Héroes de los Montes de María de las AUC mató a por lo menos 24 campesinos.

Igualmente, Arana habló del asesinato del alcalde de Tolú Jairo Romero, ocurrido el 22 de marzo de 2001, y de la desaparición forzada de Álvaro Ordoñez, alcalde de la Villa de San Benito Abad, en marzo de 2001, ambas localidades de Sucre.

Además, el exgobernador ha hecho aportes acerca de los vínculos entre las fuerzas de seguridad del Estado y los paramilitares en Sucre.

Por todo lo anterior, la JEP, surgida del acuerdo de paz con las Farc para juzgar crímenes de lesa humanidad, consideró que Arana cumplió con todos los requisitos legales y jurisprudenciales para merecer el beneficio de la libertad transitoria, condicionada y anticipada.

Asimismo, la JEP advirtió que Arana deberá seguir compareciendo ante este tribunal y cumplir con los estándares de verdad, reparación y no repetición y que la ordenen de libertad no implica que la definición de su situación jurídica sea definitiva. (EFE)