Con el propósito de agilizar el ingreso de vehículos particulares a Bogotá y evitar congestiones al término de los puentes festivos, la administración distrital y departamental acordaron la implementación de la restricción conocida como ‘pico y placa regional’.
Esta medida funciona el último día de todos los puentes festivos en los 9 corredores de ingreso a Bogotá. Para el retorno hasta el mediodía, no hay restricción. A partir de las 12:00 del mediodía se permite el ingreso a Bogotá de los vehículos con placas pares hasta las 4:00 p.m. y de 4:00 p.m. a 8:00 p.m. se permite el ingreso de los vehículos con placas impares.
Los corredores viales donde aplica la medida son:
- Autopista Norte: desde el peaje Andes hasta el portal Norte, sentido norte – sur.
- Autopista Sur: desde el límite municipal de Soacha hasta la avenida Boyacá, sentido sur – norte.
- Avenida Centenario (calle 13): desde el río Bogotá hasta la avenida Ciudad de Cali (avenida carrera 86), sentido occidente – oriente.
- Avenida Calle 80: desde el puente de Guadua hasta el portal 80, sentido occidente – oriente.
- Avenida Carrera 7: desde la calle 245 hasta la calle 183, sentido norte – sur.
- Avenida Boyacá vía al Llano: desde el túnel Argelino Durán Quintero hasta la antigua vía al Llano, sentido sur – norte.
- Vía Suba Cota: desde el río Bogotá hasta la avenida calle 170, sentido norte – sur.
- Vía la Calera: desde el peaje Patios hasta la avenida carrera 7, sentido oriente – occidente.
- Vía a Choachí: desde la vía a Monserrate hasta la avenida circunvalar, sentido oriente – occidente.
Las sanciones por el incumplimiento de esta medida están estipuladas en el Código Nacional de Tránsito para la infracción C.14: “Transitar por sitios restringidos o en horas prohibidas por la autoridad competente. Además, el vehículo será inmovilizado” y la multa equivale en el 2022 a $468.500.