El Gobierno nacional publicó un decreto que establece normas para simplificar la importación de gas natural y fomentar la construcción de proyectos privados de regasificación. El objetivo principal de la medida es hacer más eficiente el proceso de importación, eliminando trámites burocráticos y permitiendo una mayor participación del sector privado en el mercado energético nacional.
Una de las disposiciones clave del decreto es la definición de los actores que intervendrán en este proceso. En particular, se establece la figura del agente importador de gas, que es la persona jurídica encargada de importar gas. Además, se especifica que cuando este agente comercializa gas importado para el servicio público domiciliario, se considera un “comercializador de gas importado”.
El decreto también regula la infraestructura necesaria para el proceso de regasificación, es decir, las instalaciones que convierten el gas natural de estado líquido a gaseoso. Este conjunto de instalaciones incluye, entre otras, las necesarias para descargar, transportar, almacenar y procesar el gas natural importado.
Un aspecto importante del decreto es la inclusión de la infraestructura de regasificación en el plan de abastecimiento de gas natural. De acuerdo con la norma, si dicha infraestructura es adoptada en el plan, será considerada una extensión de los activos del Sistema de Transporte de Gas (SNT), lo que implica un fortalecimiento de la red nacional de distribución.
El decreto ha sido recibido con expectativas de que permita un desarrollo más ágil de la infraestructura necesaria para la importación y regasificación del gas.