Miércoles, 11 de diciembre de 2024
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Corte Suprema de Justicia

Dos exgobernadores de Casanare condenados por peculado y contratación irregular

Helí Cala López y Whitman Herney Porras Pérez pagarán 187 meses y 132 meses de prisión, respectivamente, por un convenio de cooperación suscrito en 2005.

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Foto: Corte Suprema de Justicia

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia emitió una condena contra los exgobernadores de Casanare, Helí Cala López y Whitman Herney Porras Pérez, por delitos cometidos durante su administración. Cala López fue sentenciado a 187 meses de prisión, mientras que Porras Pérez recibió una condena de 132 meses. Ambos fueron hallados responsables de irregularidades en la contratación pública y peculado.

El caso se remonta a 2005, cuando el Departamento de Casanare suscribió un Convenio Marco de Cooperación y Asistencia Técnica con la Organización del Convenio Andrés Bello. El acuerdo tenía como objetivo fortalecer la gestión de programas y proyectos en el departamento. Sin embargo, el proceso contractual fue marcado por una serie de violaciones a los requisitos legales esenciales de la contratación pública.

La Corte consideró que los exgobernadores cometieron peculado por apropiación agravado debido a la malversación de recursos públicos. La sentencia detallada que Cala López, en su rol de gobernador y responsable del gasto público, permitió la apropiación ilegal de 615.663.378 pesos. Este monto fue utilizado de manera inapropiada en beneficio personal, lo que configuró el delito de peculado por apropiación.

En cuanto a Whitman Herney Porras Pérez, la Corte determinó que este también incurrió en el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales al suscribir dos cartas de acuerdo vinculados al convenio de cooperación. Según el fallo, Porras Pérez tenía pleno conocimiento de las irregularidades en los acuerdos y de la ilegalidad de las acciones emprendidas bajo su firma.

El proceso judicial fue motivado por las denuncias de actos ilegales en los cuales se registraron 57 Cartas de Acuerdo con la Organización del Convenio Andrés Bello. La Corte subrayó que estos acuerdos fueron gestionados con claros vicios legales, lo que violó las normativas de contratación pública y facilitó la apropiación indebida de los recursos públicos.

El fallo de la Corte también destacó la responsabilidad de ambos exfuncionarios al manejar los recursos del departamento sin observar los principios de transparencia y legalidad. La condena reafirma el compromiso del sistema judicial por garantizar que se sancione a quienes incurren en actos de corrupción y abuso de poder, incluso cuando se trata de altos funcionarios del gobierno.

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