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Corte Constitucional

Corte Constitucional avala sanciones por consumo de drogas en trabajos de alto riesgo

La Corte Constitucional de Colombia ha dictaminado que las empresas pueden sancionar el consumo de sustancias psicoactivas en ámbitos laborales de alto riesgo, tras analizar el caso de un operario despedido por esta causa.

Corte Constitucional / consumo / drogas / trabajo / revista alternativa
Foto: Cortesía.

El Alto Tribunal emitió su decisión tras examinar la tutela presentada por Alfonso, un operario encargado del manejo de un puente grúa en una zona húmeda de galvanizado en caliente. El empleado fue despedido después de que una prueba toxicológica revelara la presencia de marihuana en su organismo durante su jornada laboral.

En su defensa, Alfonso argumentó que el despido vulneraba sus derechos al "libre desarrollo de la personalidad, derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la intimidad respecto del consumo de sustancias psicoactivas, y, en consecuencia, los derechos al trabajo, a la seguridad social, al debido proceso, al mínimo vital y a la vida en condiciones dignas". Sin embargo, la Corte no respaldó estos argumentos en el contexto laboral de alto riesgo.

La Corte Constitucional "determinó que la terminación del contrato de trabajo se sustentó en una causa justa establecida en el artículo 62 del Código Sustantivo del Trabajo". El tribunal consideró que el consumo de sustancias psicoactivas en este tipo de entornos laborales puede afectar la capacidad de maniobra de los trabajadores, comprometiendo la seguridad.

Como resultado de este análisis, la Corte concluyó que las empresas tienen la facultad de sancionar el consumo de drogas alucinógenas en espacios laborales de alto riesgo. Esta decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la seguridad en el entorno laboral y prevenir accidentes potencialmente graves.

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