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Corte Constitucional

Corte Constitucional delimita la Ley de 'Paz Total' con condiciones específicas

La ponencia de los magistrados Natalia Ángel y Antonio José Lizarazo estableció condiciones clave, resguardando ciertos límites en el ejercicio de las facultades que otorga la ley al Gobierno.

Hansel Vásquez

En la noche del jueves 30 de noviembre, la Corte Constitucional anunció limitaciones a la Ley 2272 de 2022, comúnmente conocida como la ley de 'paz total'. La ponencia de los magistrados Natalia Ángel y Antonio José Lizarazo estableció condiciones clave, resguardando ciertos límites en el ejercicio de las facultades que otorga la ley al Gobierno para entablar acercamientos con disidencias y otras bandas armadas.

Entre los puntos resaltantes, la Corte Constitucional subrayó que los términos de sometimiento deben ser definidos por el legislador y que la suspensión de órdenes de captura, la ubicación temporal y las garantías de seguridad de los miembros de Estructura Armada Organizada de Crimen de Alto Impacto deben cumplir ciertas condiciones específicas, determinadas por el legislador según la finalidad.

La Ley de 'Paz Total', en su artículo 2, permitía negociaciones con grupos armados al margen de la ley, estableciendo acuerdos de paz y facilitando acercamientos con estructuras criminales de alto impacto con el objetivo de lograr su sometimiento a la justicia y desmantelamiento. Además, contemplaba la creación de una instancia de Alto Nivel para el estudio de estas estructuras, coordinada por el Ministerio de Defensa Nacional y con la participación de la Dirección Nacional de Inteligencia y el Alto Comisionado para la Paz.

La decisión de la Corte surge después de una audiencia pública en agosto pasado, donde se debatió la constitucionalidad de aplicar justicia transicional al crimen organizado. La Sala Plena había estudiado previamente una demanda contra la ley, y aunque se inhibió en esa ocasión, la Corte ahora ha delineado condiciones específicas tras meses de análisis de nuevas demandas presentadas por congresistas de la oposición.

La jurisprudencia cambió en marzo pasado, cuando la Sala Plena consideró la posibilidad de suspender leyes en curso como medida excepcional mientras se estudian demandas de fondo. Esta nueva decisión busca equilibrar el ejercicio del poder otorgado por la ley de 'paz total' con los principios constitucionales.

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