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Multas

Estas son las multas por desperdiciar agua en Bogotá en medio del racionamiento

Este es el monto de la multa que deberán pagar las personas que incumplan las medidas del racionamiento

Foto: iStock

La situación crítica de los embalses en Bogotá y sus alrededores ha llevado a la implementación de medidas drásticas para controlar el consumo de agua en la ciudad de Bogotá. Una de estas medidas incluye la imposición de multas para quienes derrochen este recurso vital en medio del racionamiento establecido.

El alcalde Mayor de Bogotá, Carlos Fernando Galán, anunció que aquellos que excedan el consumo de 22 metros cúbicos de agua al mes (equivalente a 44 metros cúbicos bimensuales) enfrentarán un cobro adicional en su factura.

Según lo informado por Galán, la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá (EAAB) analizará los consumos y aplicará la medida para quienes no ahorren y además para quienes desperdicien agua.

El monto adicional se reflejará en la factura de la siguiente manera, independientemente del estrato económico:

Bogotá: $3,380.84 por metro cúbico excedido.
Soacha: $3,105.39 por metro cúbico excedido.
Gachancipá: $2,384.24 por metro cúbico excedido.
Tocancipá y Zipaquirá: $2,082.39 por metro cúbico excedido.

Es importante destacar que este aumento se aplicará al monto variable de la tarifa y no al fijo, buscando penalizar específicamente el consumo excesivo de agua.

En cuanto al derroche de agua, el alcalde Galán enfatizó que se evaluarán los comportamientos reportados para determinar posibles sanciones, que podrían incluir comparendos, multas, suspensión de actividad económica o llamados de atención pedagógicos, según sea el caso.

Sanciones por derrochar agua en Bogotá

De acuerdo con el artículo 100 del Código Nacional de Policía, las sanciones por derroche de agua pueden variar según la gravedad de la infracción:

Numeral 1: Amonestación y suspensión temporal de actividad.
Numeral 2: Amonestación, multa general tipo 4 y suspensión temporal de actividad.
Numeral 3: Suspensión temporal de actividad.
Numeral 4: Amonestación y suspensión temporal de actividad.
Numeral 5: Multa general tipo 4.
Numeral 6: Amonestación, multa general tipo 4 y suspensión temporal de actividad.

Estas multas pueden oscilar entre $700,000 y $1,200,000 en caso de reincidencia, reflejando la gravedad de la falta y buscando garantizar el uso responsable del agua en Bogotá en medio del racionamiento establecido.

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