Salvatore Mancuso, reconocido como gestor de paz por el Gobierno nacional, buscaba obtener su libertad mediante un decreto presidencial. Sin embargo, tanto el Tribunal de Justicia y Paz como la Corte Constitucional han rechazado esta posibilidaddebido a las cuentas pendientes de Mancuso con la justicia.
La Corte Constitucional emitió un fallo en respuesta a una tutela presentada por Mancuso, quien está siendo procesado por el delito de lavado de activos.
La defensa de Mancuso argumenta que no se han tenido en cuenta los plazos máximos de las medidas de aseguramiento privativas de la libertad en su proceso de justicia y paz. A pesar de que ya ha cumplido la pena alternativa impuesta en ese marco, sigue vigente el proceso por lavado de activos que surgió después de la Ley de Justicia y Paz y el proceso de desarme de los paramilitares.
Además, se está evaluando si las personas imputadas por delitos dolosos posteriores a la desmovilización pueden acceder al beneficio de la sustitución de la medida de aseguramiento según lo previsto en la Ley de Justicia y Paz.
En consecuencia, la Corte señala que los magistrados con funciones de control de garantías deben abstenerse de otorgar la sustitución de la libertad a quienes hayan sido imputados por delitos dolosos cometidos después de la desmovilización.
“De esa manera, habiéndose cumplido ya la pena de 8 años prisión por el accionante, este aún soporta una medida cautelar que supera la misma pena, pero sin que, además, las autoridades encargadas de tramitar y definir el asunto avancen en su sustanciación, pues interpretan que no existe un término legal que obligue considerar sobre la prisión provisional que soporta el aquí demandante en tutela”, señala la Corte.
La Corte Constitucional determinó que se vulneró el debido proceso, pero en lugar de conceder la libertad, devolvió la tutela a la sala de justicia y paz del Tribunal Superior de Bogotá. La sala deberá examinar la solicitud de Salvatore Mancuso y emitir un pronunciamiento de fondo.