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Elecciones 2023: Mininterior y su decreto para restringir a la prensa el domingo de elecciones

La FLIP hace un llamado a Velasco para que modifique el decreto y lo enmiende teniendo en cuenta los parámetros constitucionales.

Canva

La Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) ha levantado la voz en contra de un reciente decreto emitido por el Ministerio del Interior en Colombia, alegando que este podría imponer restricciones perjudiciales a la libertad de prensa en las elecciones regionales programadas para el 29 de octubre.

Comunicado FLIP

El Decreto 1702 de 2023, publicado por el Ministerio del Interior el 19 de octubre, ha sido objeto de críticas por parte de la FLIP, que argumenta que no se ajusta a los parámetros constitucionales relativos a la libertad de expresión y amenaza el derecho a informar y ser informado durante el proceso electoral. La fundación emitió un comunicado en el que expresó su inquietud sobre las posibles repercusiones de estas restricciones en la cobertura de las elecciones.

El decreto, según la información proporcionada por el Gobierno, establece regulaciones relacionadas con las garantías electorales y el orden público en el país en el contexto de las elecciones para la elección de alcaldes y gobernadores, así como otros funcionarios locales.

Alternativa/Hansel Vásquez

Sin embargo, la FLIP ha señalado varios artículos del decreto que, en su opinión, limitan la libertad de prensa, una preocupación que ya surgió en elecciones regionales anteriores en 2019 y generales en 2022, cuando el Ministerio del Interior impuso restricciones similares al ejercicio periodístico.

Uno de los puntos de conflicto se encuentra en el artículo 4 del Decreto, que prohíbe cualquier entrevista con fines políticos y electorales a través de radio, prensa y televisión. La FLIP considera que esto constituye una restricción injustificada, ya que las declaraciones de los candidatos son de interés público y es deber de los medios de comunicación informar sobre ellas.

Asimismo, el artículo 13 establece que, durante la jornada electoral, los medios solo pueden proporcionar información de orden público que haya sido previamente confirmada por fuentes oficiales. Esta restricción afecta directamente la labor periodística, ya que impide el acceso a fuentes de información diversas y limita la cobertura en tiempo real de los eventos.

Proporcionada por MOE

Además, el artículo 7 del Decreto prohíbe el uso de teléfonos celulares y cámaras de fotografía y video en los centros de votación desde las 8:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde, con la excepción de los medios de comunicación. La FLIP argumenta que esta restricción limita la capacidad de la ciudadanía para ejercer su derecho a supervisar el proceso electoral.

Ante este panorama, la FLIP ha instado al Ministerio del Interior a revisar y modificar el decreto, asegurándose de que se respeten los principios constitucionales que garantizan la libertad de expresión y de prensa. La fundación hace un llamado a crear un entorno en el que los periodistas puedan llevar a cabo su trabajo sin temor a obstáculos o represalias, asegurando que se mantenga la integridad del proceso democrático en Colombia.

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Engañaron a NSO Group: Gustavo Petro


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