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Procuraduría General de la Nación

Procuraduría suspendió a ex ministro de Ciencia y a director de Función Pública por irregularidades en nombramiento diplomático

El director del Departamento Administrativo de la Función Pública y el exministro de Ciencia, Tecnología e Innovación enfrentan suspensión de 10 meses por recomendar al presidente Petro el nombramiento de un embajador que no cumplía los requisitos necesarios.

Procuraduria General de la Nacion
Foto:Alternativa/Hansel Vasquez

La Procuraduría General de la Nación ha emitido un fallo de primera instancia que resulta en la suspensión por 10 meses de César Augusto Manrique Soacha, director del Departamento Administrativo de la Función Pública, y Arturo Luis Luna Tapia, exministro de Ciencia, Tecnología e Innovación. Esta decisión se fundamenta en las irregularidades cometidas al recomendar al presidente Gustavo Petro el nombramiento de Álvaro Moisés Ninco Daza como embajador en México, a pesar de que este no cumplía con los requisitos establecidos para el cargo.

La Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento, en su evaluación del caso, determinó que Ninco Daza carecía de la experiencia "sobresaliente" necesaria para asumir el puesto diplomático. Según la normativa vigente, tanto Manrique como Luna tenían la obligación de recomendar "no avalar su hoja de vida o, en su defecto, motivar razonadamente la decisión para considerarlo apto para ocupar el cargo". Sin embargo, la investigación reveló que ambos funcionarios incumplieron este deber, optando por emitir un voto favorable para recomendar al presidente Petro "compensar excepcionalmente" los requisitos, lo que permitió el nombramiento de Ninco Daza como embajador, cargo que sigue ocupando en la actualidad.

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Específicamente, se señala que los funcionarios pasaron por alto el hecho de que en los documentos presentados al Comité Evaluador de Méritos "no se demostraba experiencia sobresaliente" en ninguna disciplina, ocupación, arte u oficio relevante para el cargo. Adicionalmente, la Procuraduría enfatizó que Ninco Daza no podía ser considerado como un líder juvenil o estudiantil, dado que su corta trayectoria "carecía" de reconocimientos o distinciones significativas en estos ámbitos.

En el comunicado emitido por la Procuraduría, se establece que la actuación de los servidores públicos en cuestión "vulneró los principios de moralidad e igualdad que deben inspirar la función estatal". Como resultado de esta evaluación, la entidad calificó la falta disciplinaria como grave, cometida a título de dolo.

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