El Tribunal Superior de Bogotá determinó que no procede la tutela presentada por Claudia Flórez y otro directivo del Partido Comunista, la cual intentaba anular el pliego de cargos formulado por el Consejo Nacional Electoral contra el presidente Gustavo Petro. Las acusaciones se centran en irregularidades relacionadas con la financiación de su campaña en las elecciones de 2022.
Claudia Flórez, secretaria general del Partido Comunista, expuso que la acción judicial tenía como objetivo proteger “los derechos fundamentales al voto y a ser elegido”. Flórez destacó la importancia de garantizar la integridad de los procesos electorales y la defensa de los derechos civiles.
El CNE ha señalado que las irregularidades incluyen presuntas violaciones de los topes electorales establecidos durante las campañas presidenciales de primera y segunda vuelta. Este pliego de cargos ha generado un debate significativo sobre la transparencia electoral y las acciones del organismo.
El caso ha generado una serie de demandas ante el Consejo de Estado, donde los demandantes han acumulado varias acciones legales en respuesta a la decisión del CNE. Los accionantes argumentan que la resolución del tribunal electoral “vulneró el principio del debido proceso”, lo cual afecta la confianza en las actuaciones administrativas del CNE.
Los demandantes sostienen que el CNE cometió un delito de prevaricato por acción al violar el principio de buena fe. Como resultado, han solicitado que se ordene al magistrado ponente del caso la nulidad del pliego de cargos y que se envíen copias a la Fiscalía para investigar a los miembros del CNE. Con la decisión del Tribunal Superior de Bogotá, la situación del pliego de cargos queda ahora bajo revisión de los tribunales.