La Sala Plena de la Corte Constitucional ha tomado una decisión trascendental respecto a la Ley 2281 de 2023, con la cual se creo el Ministerio de Igualdad y Equidad, junto con otras disposiciones. Sin embargo, este proyecto ha sido declarado inexequible debido a un vicio de procedimiento durante su formación.
Este vicio se relaciona con la omisión del Congreso de la República en llevar a cabo el análisis de impacto fiscal requerido por la Ley 819 de 2003. La ausencia de este análisis viola el artículo 151 de la Constitución, que establece la necesidad de cumplir con los requisitos previstos en las leyes orgánicas para la aprobación de leyes ordinarias.
La Corte, al declarar la inexequibilidad de la Ley 2281 de 2023, reconoció los riesgos que implicaría una eliminación inmediata del Ministerio de Igualdad y Equidad y el sector administrativo que lo acompaña. Esto podría desarticular políticas públicas destinadas a proteger a grupos vulnerables, como madres solteras y personas con discapacidad, poniendo en peligro el principio de igualdad consagrado en la Constitución.
Por lo tanto, la Sala Plena ha decidido diferir los efectos de su decisión por dos legislaturas, dando tiempo al legislador y al ejecutivo para tomar medidas que eviten afectaciones graves a los derechos de estos grupos.