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EPS

Sesgo de confirmación

El informe de la Contraloría sobre la situación de cartera de las EPS en el país, generó un sismo político. Una orilla considera sesgado el informe y la otra orilla que el Gobierno tiene la razón en ponerlas en cintura. ¿Cuál es la realidad?

Carlos Mario Zuluaga, contralor general de la República (e).

El sesgo de confirmación es aquella tendencia que tenemos los seres humanos a darle relevancia solo a la información que creemos que ratifica nuestras creencias y posiciones.

Esto es lo que está sucediendo después del anuncio de la Contraloría General de la República sobre un informe de la situación de cartera de las EPS colombianas. El Gobierno considera que los hallazgos de este estudio son una justificación para la reforma que ha propuesto. Pero esto puede ser más el reflejo de leer con el deseo.

Primero, la Contraloría reconoce los límites de sus hallazgos. Menciona que la información es tentativa, que los datos resultaron de lo enviado por las EPS y que, por lo tanto, después de las auditorías, algunos de esos datos pueden cambiar. Además, alguna información, como la de gastos administrativos, está desactualizada, ya que es del año 2022. En este sentido, las conclusiones no pueden entenderse como definitivas, sino como un insumo inicial.

Un segundo elemento es que el informe es meramente descriptivo, no analítico. Esto es así, aunque a veces se hagan aseveraciones de tipo causal y/o teórico. Sobre esto último, por ejemplo, el informe presenta los datos de gastos administrativos y asume que los más bajos son indeseables porque así las EPS quedan con mayores excedentes. No obstante, si tomáramos esto como resultado de un análisis teórico, tendríamos que decir que la Contraloría considera indeseable una mayor eficiencia en el manejo de los recursos por parte de las EPS. Pero ese, seguramente, no es el caso.

Sobre las aseveraciones causales, en el apartado en el que se presentan los datos sobre PQRD (peticiones, quejas, reclamos y denuncias), el informe asume que las supuestas deudas de las EPS a las IPS son la causa de una pérdida en la calidad de la prestación del servicio. Sin embargo, esto no se demuestra. Y no hay que olvidar que la causalidad debe demostrarse, no es suficiente asumirla.

En tercer lugar, algunos de los datos que se presentan deberían poner a pensar a los defensores de la reforma. De un lado, se muestra que el 93,5 % de las deudas son menores a un año. Es decir, son lo común en este tipo de transacciones. Nada atípico. Del otro, se observa que el 47 % de la deuda no corriente (es decir, mayor a un año) la concentran dos de las EPS del régimen subsidiado. Para ser más claros: el manejo estatal, que es lo que busca la reforma, no necesariamente refleja un manejo más adecuado de los recursos.

Un cuarto punto, tal vez el más importante, tiene que ver con el uso del informe.

Lo allí contenido es meramente descriptivo y no definitivo. Esto abre lugar a todo tipo de interpretaciones y no necesariamente todas favorecen la visión del Gobierno. Los datos de gastos administrativos y los de cumplimiento de indicadores de liquidez y de solvencia podrían hacer pensar que el problema está en la regulación existente, que no contempla el contexto ni la realidad y que es poco flexible. Como toda regulación pretende estandarizar, pero no necesariamente mejorar.

Además, como ya se señaló, el informe deja en el aire las causas de los datos que se aportan. Pensar diversas hipótesis causales debería ser el papel de los tomadores de decisiones. ¿Por qué las EPS no tienen invertido sino el 10 % de las reservas técnicas que deberían tener? ¿A qué se debe que la mayoría de EPS presenten indicadores de liquidez y de margen de solvencia menores a uno?

Foto:Alternativa/Hansel Vasquez

Lo anterior se debe, entre otras, a que el informe no presenta información de contexto. No se mencionan los casos de las EPS intervenidas, casi ninguno de los datos se ajusta al tamaño de la EPS (por ejemplo, al hablar de deudas), ni se tienen en cuenta los criterios para la declaratoria de insolvencia ni los de asignación de usuarios de las EPS que han desaparecido.

Por último, el informe tiene unos supuestos fuertes en la presentación de algunos datos. Esto sucede, en particular, en el caso de los de PQRD. Se presentan en términos absolutos y no en relación con el total de transacciones que atienden las EPS al año. De igual manera, se asume que estas reflejan directamente la calidad en la prestación del servicio. No obstante, esto puede ponerse en duda si se observa que realmente tienen un salto general en el año 2020.

“No se mencionan los casos de las EPS intervenidas, casi ninguno de los datos se ajusta al tamaño de la EPS (por ejemplo, al hablar de deudas), ni se tienen en cuenta los criterios para la declaratoria de insolvencia ni los de asignación de usuarios de las EPS que han desaparecido”

Pero lo más interesante es la diferencia en el número de PQRD por cada 10 mil afiliados: ¿por qué se presenta esa diferencia tan grande entre las EPS del régimen contributivo y las del subsidiado? Mientras que las primeras tienen un promedio anual de 205, las segundas tan solo alcanzan un poco más de 99. ¿La calidad del servicio es mejor en estas?

Pero también hay grandes diferencias (una gran dispersión de datos) entre las del régimen subsidiado. Por ejemplo, Capital Salud tiene 218,1 en promedio, mientras que CCF de La Guajira tiene tan solo 30,5. ¿El servicio de la EPS en La Guajira es mejor que el de Bogotá? Muchas dudas.

Para terminar, tal vez lo más importante que deberían ver, pero no ven, en el Gobierno es que, incluso si los resultados no tuvieran que interpretarse, su reforma no resuelve estos problemas y sí puede empeorarlos y crear otros. Pero el sesgo de confirmación impide entender algo tan simple.

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